• Beneficiarios: Pequeñas empresas, con la consideración de empresas innovadoras (según se especifica en la convocatoria), no cotizadas, constituidas como máximo en los tres años anteriores y mínimo seis meses, a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros y que no hayan distribuido beneficios. (Ver apartado segundo y tercero de la convocatoria).

 

  • Características de las ayudas: Subvención de hasta el 70% del presupuesto de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario

 

  • Presupuesto mínimo: 175.000 euros

 

  • Plazo: 20 de septiembre de 2017

 

Fuente: CDTI