La finalidad de estas subvenciones es la de mejorar las condiciones generales de producción y comercialización de los productos apícolas, a través de la financiación de proyectos de investigación aplicada en el sector apícola y sus productos, en desarrollo de las medidas de cooperación con organismos especializados para la creación de programas de investigación aplicada en el sector apícola, que establece el Reglamento único para la OCM, dentro de los programas nacionales para el sector de la apicultura.

 Podrán ser beneficiarias las siguientes figuras:

  • Las Cooperativas agrarias constituidas de acuerdo con la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, o con la normativa autonómica en materia de cooperativas.
  • Las Sociedades agrarias de transformación constituidas de acuerdo con el Real Decreto 1776/1981, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto que regula las Sociedades Agrarias de Transformación.
  • Las Agrupaciones de defensa sanitaria reconocidas en el sector de la apicultura de acuerdo con el Real Decreto 842/2011, de 17 de junio, por el que se establece la normativa básica de las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera y se crea y regula el Registro nacional de las mismas.
  • Las agrupaciones de cualquiera de estas figuras, siempre y cuando todas ellas cumplan los requisitos y obligaciones que se establecen en el artículo 11.3 de la Ley General de subvenciones.

El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente desde su publicación en BOE (17 enero de 2017):

Si formas parte de una entidad interesada en presentar una propuesta de proyecto de I+D+I a esta convocatoria y necesitas incorporar socios investigadores, desde OTRI UGR te ofrecemos nuestro servicio de Búsqueda de socios y promoción de consorcios. Ponte en contacto con nosotros y te explicamos cómo lo hacemos.

Fuente: MAGRAMA